Derecho privado es la rama del
Derecho que se ocupa, preferentemente, de las
relaciones jurídicas entre particulares. La distinción entre Derecho privado y
Derecho público constituye, históricamente, uno de los fundamentos principales de la sistematización del Derecho. El criterio tradicional considera que si uno de los sujetos intervinientes en una relación es «público», es decir, es el
Estado, estamos en presencia de Derecho público. Por el contrario, si ninguno de los sujetos de la relación que contemplamos es el Estado, estamos ante una relación de Derecho privado.