La
abjuración en los procesos de la
Inquisición española consistía en el reconocimiento por parte del acusado de los errores
heréticos que había cometido y el consiguiente arrepentimiento, lo que constituía el paso previo, y la condición imprescindible, para su "
reconciliación", es decir, para su reintegración en el seno de la
Iglesia católica. Había tres tipos: la
abjuración de levi, la
abjuración de vehementi y la abjuración «en forma».