Son denominados como
Derechos Históricos, recogidos en la disposición Adicional Primera de la
Constitución española de 1978, los derechos forales, que ésta ampara y respeta. Es un hecho original en la tradición constitucional española, ya que es el primer texto que recoge este reconocimiento, el cual además da carácter constitucional a normas previas a la propia constitución.