La
desamortización española fue un largo proceso histórico, económico y social iniciado a finales del siglo XVIII con la denominada «
Desamortización de Godoy» (
1798) —aunque hubo un antecedente en el reinado de
Carlos III de España— y cerrado bien entrado el siglo XX (16 de diciembre de
1924). Consistió en poner en el mercado, previa expropiación forzosa y mediante una subasta pública, las tierras y bienes que hasta entonces no se podían enajenar (vender, hipotecar o ceder) y que se encontraban en poder de las llamadas «
manos muertas», es decir, la
Iglesia Católica y las
órdenes religiosas —que los habían acumulado como habituales beneficiarias de donaciones,
testamentos y
abintestatos— y los llamados baldíos y las
tierras comunales de los municipios, que servían de complemento para la precaria economía de los campesinos. Dicho con las palabras de
Francisco Tomás y Valiente, la desamortización española presentó "las características siguientes: apropiación por parte del Estado y por decisión unilateral suya de bienes inmuebles pertenecientes a «manos muertas»; venta de los mismos y asignación del importe obtenido con las ventas a la amortización de los títulos de la deuda".