El
Patronato regio consistió en el conjunto de
privilegios y facultades especiales que los
Papas concedieron a los reyes de distintas monarquías europeas del
Antiguo Régimen y que les permitían, al principio, ser oídos antes de una decisión Papal o elegir directamente en sustitución de las autoridades eclesiásticas, a determinadas personas que fueran a ocupar cargos vinculados a la Iglesia Católica (
Derecho de patronato).