Los
principios generales del Derecho son los enunciados
normativos más generales que, a pesar de no haber sido integrados formalmente en los
ordenamientos jurídicos particulares, o bien recogen de manera abstracta el contenido de un grupo de ellos. Son conceptos o proposiciones de naturaleza axiológica o técnica que informan la estructura, la forma de operación y el contenido mismo de las normas, grupos normativos, conjuntos normativos y del propio
Derecho como totalidad.